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Registro

Tipos de miembros y deberes
Para inscribirse como miembro de pleno derecho (MPD) o miembros asociado
(MA) es necesario tener nacionalidad española o ser residente en España.
Todos los miembros de la Asociación tienen obligación de sostenerla
económicamente, mediante cuotas o derramas, de la manera y en la proporción
que determine la Asamblea General a propuesta de la Junta. La cuota actual
es de 20 euros por año y 10 euros en caso de estudiantes de grado o master
(hasta 31 de diciembre). La condición de MPD o MA se hará efectiva cuando se
abone la cuota.
- Los miembros de pleno derecho (MPD) tienen derechos de voto y el derecho a ejercer las funciones que se establecen en la asociación.
- Los miembros asociados (MA) no tendrán derecho de voto, pero pueden tomar parte en todas las demás actividades de la asociación, participar en las Juntas Generales, y con las excepciones anteriormente mencionadas, ser titulares de pleno derecho de las prestaciones de la Asociación.
Art. 7º Deberes de los miembros
a) Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio.
c) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.
d) Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias.
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